Andalucía forzará a los médicos a aplicar su ley de «muerte digna»
■ La Junta aprobó ayer una polémica norma que el Gobierno central todavía no se ha atrevido a desarrollar.
Un laboratorio para las medidas que más recelos éticos plantean.
N. RAMÍREZ DE CASTRO. Andalucía se ha convertido en el «laboratorio» de los cambios más drásticos que se han introducido en materia sanitaria. Sobre todo en las cuestiones más peliagudas desde el punto de vista ético. Esta Comunidad fue la primera de toda España en aprobar la investigación con embriones humanos, la que adelantó la clonación terapéutica y también la primera en impulsar los controvertidos «bebés medicamento». Siempre adelantándose a las legislaciones nacionales. Lo ha hecho con Ejecutivos gobernados por el Partido Popular y también por el Partido Socialista. No importaba quién estuviera en el Gobierno ni que fueran asuntos que necesitan una regulación estatal. Desde que María Jesús Montero llegó a la consejería de Sanidad, el término pionero se ha convertido en casi una obsesión, sobre todo si el impacto mediático está asegurado. El próximo reto: hacer el primer trasplante de cara en España.
JOSÉ CEJUDO | SEVILLA
El Gobierno andaluz aprobó ayer el proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, una norma pionera en España que regulará los derechos de pacientes y deberes de los profesionales sanitarios de los centros públicos y privados.
El proyecto de ley de «muerte digna» no contempla el derecho a la objeción de conciencia del profesional sanitario, ya que a juicio de la consejera de Salud, María Jesús Montero, esta norma no es el foro adecuado para plantear la regulación de este derecho, con independencia de que siempre hay que verlo como una situación de excepcionalidad. Para Montero, el marco de regulación de la objeción de conciencia en el ámbito sanitario debería tener la consideración de proyecto de ley o de normativa específica en el marco del Estado.
La norma andaluza sí prevé una salvaguarda, según la cual siempre se debe garantizar el derecho del paciente por encima de cualquier otra consideración.
Sedación integral
Los usuarios de la Sanidad en Andalucía podrán exigir cuidados paliativos del dolor, como la sedación integral o, en el otro extremo, rechazar también cualquier tratamiento o intervención médica aunque ello suponga poner en peligro su vida.
Así se recoge en el proyecto de ley de «muerte digna» que ayer aprobó el Consejo de Gobierno de la Junta. El texto, después de varios meses sometido a debate, ha excluido el polémico régimen de sanciones que contemplaba multas de hasta un millón de euros, limitando este apartado a la normativa sanitaria general, tanto pública como privada.
La futura ley, pionera en España, reconocerá el derecho declarar la voluntad vital anticipada, que deberá respetarse tal y como se establece en el Estatuto de Autonomía. El proyecto, destacó Montero, ha sido redactado con el acuerdo y las aportaciones de más de 60 colectivos, principalmente de profesionales, sindicatos y asociaciones científicas.
La consejera de Salud, María Jesús Montero, indicó que el texto supone un «salto cualitativo en el proceso de atención al paciente», así como en la salvaguarda que «de la dignidad que tiene que acompañar a la persona durante toda su vida, incluidos sus momentos finales».
«Seguridad jurídica»
Además, calificó la futura ley andaluza como «notablemente avanzada», que tiene por objetivo «garantizar la autonomía del paciente en el momento final de la vida», así como dar «seguridad jurídica» a los profesionales del sector sanitario.
Aseguró la consejera de Salud que la nueva normativa está inspirada en casos como las sedaciones del Hospital Severo Ochoa de Leganés, en Madrid, y especialmente en el de la enferma granadina Inmaculada Echevarría, quien fue trasladada de centro y pidió ser desconectada de inmediato del respirador artificial que lograba mantenerla con vida.
El proyecto, sin embargo, no regula la eutanasia o el suicidio asistido, procesos en los que se necesita suministrar una sustancia para provocar la muerte del paciente, como fue el caso del tetrapléjico Ramón Sampedro.
Según la consejera, la norma eleva «a categoría de buenas prácticas clínicas» los supuestos ahora incorporados en la norma como la sedación paliativa terminal, «con las condiciones de información y de consentimiento informado».
El proyecto no regula la eutanasia o el suicidio asistido, procesos en los que se necesita suministrar una sustancia para provocar la muerte del paciente, como fue el caso del tetrapléjico Ramón Sampedro
También entre los derechos reconocidos están el de recibir, o no si así lo desea el paciente, información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, con el fin de que ésta le sirva de ayuda en la toma de decisiones.
Intimidad familiar
La intimidad personal y familiar de la persona y la protección de todos los datos relacionados con su proceso de atención sanitaria también estarán garantizadas, ya que, según el texto, el ciudadano podrá estar acompañado por su familia durante el proceso de la muerte.
«Los profesionales sanitarios que atiendan al paciente en su fase terminal deberán informarle sobre su situación y respetar las decisiones que éste tome sin imponer sus opiniones personales, morales, religiosas o fisiológicas», añade el mencionado proyecto de ley.
La consejera recordó, asimismo, su obligación de facilitar información sobre el derecho a formular la declaración de voluntad vital anticipada, así como a consultar el registro.
Todos los centros sanitarios (públicos y privados) tendrán, no obstante, un «comité de ética» de carácter consultivo para tratar de resolver cualquier conflicto que pueda surgir.
Fuente: → ABC
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