¿Cuándo podemos perder nuestra vivienda?
- La crisis hace que en miles de familias se estén agudizando los problemas económicos.
- Ni los bancos ni las cajas de ahorro están interesados en quedarse con las viviendas de sus clientes.
- Si ya de por sí la escalada de precios de la vivienda ha ido en aumento, la subida del Euribor no ayuda.
Si ya de por sí la escalada de precios de la vivienda ha ido en aumento, la subida del Euribor no ha ayudado a esclarecer la situación y hace que pagar una hipoteca sea cada vez más difícil. A esta situación se le une el alto número de personas que han pasado a formar parte de las listas del paro y los índices de morosidad se han multiplicado, según se puede leer en un estudio elaborado por Consumer Eroski.
La crisis hace que en miles de familias se estén agudizando los problemas económicos
Si una persona no puede hacer frente al pago de una mensualidad de su hipoteca al banco con el que tiene contratado el préstamo, lo normal es que la entidad bancaria se ponga en contacto con la persona. La otra opción es que el deudor acuda a la sucursal con el fin de explicar los motivos de su impago "pasajero". No obstante deberá pagar su parte añadiéndole a la cantidad a pagar los intereses de demora.
Vencimiento anticipado del préstamo
Lo normal cuando se da esta situación de impagos puntuales, es que el cliente pague su deuda al banco y la entidad siga adelante sin problema alguno. Pero tanto bancos como cajas de ahorro tienen la posibilidad de aplicar un vencimiento anticipado del préstamo por el impago de una sola cuota si aparece en el contrato. Si es así, el titular de la hipoteca tendrá que devolver al banco todo el dinero que le ha prestado.
Otra de las causas por la que la entidad bancaria puede declarar como vencida la deuda es "la posible disminución patrimonial del prestario", lo que se podría traducirse en el embargo de los bienes. Aunque ésta es una cláusula poco frecuente en los préstamos destinados a las hipotecas.
Ni los bancos ni las cajas de ahorro están interesados en quedarse con las viviendas de sus clientes
El objetivo es dar a la entidad prestamista más protección "en casos de deterioro sustancial de las posibilidades de recobro de la deuda". De esta manera se impide al cliente hacer uso de la parte que no ha sido utilizada por el crédito o que el prestamista pueda reclamar toda la deuda antes de que desaparezcan los bienes del deudor.
Aunque éstas cláusulas son válidas pueden darse otras que figuren en un contrato hipotecario que hayan sido consideradas nulas. Entre ellas están las que consienten el vencimiento anticipado del préstamo por incumplimiento de cualquier prestación.
Otras alternativas antes de no pagar
Puede darse el caso, y cada vez es más frecuente, de que la persona que no puede pagar la hipoteca llegue a un punto en el que no pueda hacer frente a la deuda. En este caso, familias que pidieron un préstamo a interés variable ven como ha ascendido su cuota mensual.
Cuando ocurre esto, antes de dejar de abonar el pago al banco y pasar a formar parte de la lista de mororos y arriesgarse a perder la vivienda, hay otras alternativas a tener en cuenta:
- Según aseguras los expertos, ni los bancos ni las cajas de ahorro están interesados en quedarse con las viviendas de sus clientes ya que prefieren que sigan pagando el préstamo con los pertinentes intereses. Ante esto se puede ir a renegociar con la entidad bancaria las condiciones de su contrato.
- También se puede alargar el plazo de amortización del préstamo hipotecario. En abril de 2008 se aprobó que esta ampliación sea de forma gratuita. En este sentido aunque se pague más dinero debido a los intereses, los titulares podrán pagarlo en unas cuotas más reducidas.
- Si el titular de una hipoteca se quedara en pago y perdiera todo su poder adquisitivo, muchos optan por contratar una hipoteca o una póliza de seguro por desempleo. Con este se puede hacer frente al pago de las cuotas durante un tiempo determinado. Este tipo de productos cuenta con cada vez más adeptos y según aseguran desde la Agencia Negociadora de Productos Bancarios, su contratación se ha duplicado en un año.
- Hay también pólizas similares que cubren la incapacidad o el fallecimiento del titular.
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